NOM-247-SE-2021

“Prácticas comerciales – Requisitos de la información comercial y de la publicidad de los bienes inmuebles destinados a vivienda y elementos mínimos que deben contener los contratos relacionados.” NOM-247-SE-2021

Estimados clientes,

En el marco de nuestras operaciones de Compra Venta, deseamos informarles que el promitente Comprador gozará del derecho de seleccionar al Fedatario Público que intervendrá en las transacciones, excepto en aquellas que involucren créditos hipotecarios, donde la Institución Bancaria designará las Notarías habilitadas para llevar a cabo a cabo la operación.

En todas nuestras operaciones de Compra-Venta, garantizamos que las acciones de mediación se realizan con el consentimiento pleno y libre de ambas partes involucradas.

Con el objetivo de asegurar la seriedad y compromiso en la negociación, el promitente vendedor solicita un apartado de $50,000.00. Este monto servirá para reservar el inmueble y otorgará un plazo de cinco días hábiles para que el promitente comprador presente la documentación necesaria. De esta manera, procederemos a elaborar la promesa de compra-venta para su posterior firma.

En el caso improbable de que no se llegue a concretar el contrato dentro del plazo mencionado, se reembolsará íntegramente el importe del anticipo al promitente comprador, sin aplicar penalizaciones.

Es importante destacar que las formas y medios de pago para los inmuebles son flexibles y pueden ser acordados entre ambas partes. Estos términos serán debidamente estipulados en el Contrato de Promesa de Compra-Venta, el cual será firmado oportunamente.

Asimismo, garantizamos total transparencia durante el proceso de la operación, el promitente comprador recibirá por parte del promitente vendedor los recibos correspondientes por las cantidades otorgadas.

En lo que respeta a los inmuebles seminuevos, es importante tener en cuenta que, una vez que se reciban y acepten, no se otorgarán garantías adicionales.

Por otro lado, en el caso de operaciones con Desarrolladores en Inmuebles nuevos, las garantías serán debidamente notificadas por escrito en el momento de la entrega del inmueble, asegurando así una información clara y detallada para ambas partes.

En cuanto a los Arrendamientos, seguimos garantizando la equidad y el consentimiento pleno de las partes involucradas. El Arrendador tendrá un apartado equivalente a un mes de alquiler para asegurar la disponibilidad del inmueble y otorgará cinco días hábiles para recopilar la documentación del arrendatario.

El contrato de arrendamiento se formalizará una vez que la documentación haya sido debidamente validada por el bufete jurídico. En caso de que el contrato no sea firmado dentro de los 8 días naturales siguientes, se procederá a reembolsar el importe del anticipo al solicitante “Arrendatario” sin aplicar ninguna penalización, y el inmueble volverá a estar disponible para su promoción.

En lo referente a los Créditos Hipotecarios, es importante destacar que las operaciones estarán regidas por las condiciones estipuladas por la Institución Bancaria otorgante del crédito. La aceptación de dicho crédito estará sujeta a los términos pactados por ambas partes, y la responsabilidad recaerá exclusivamente en el Promitente Comprador.

En nuestra Empresa, promovemos y respetamos una política de no discriminación, rechazando cualquier tipo de desigualdad por motivos religiosos, de género, etnia o preferencias personales.

Para proteger su privacidad y sus datos personales, cumplimos cabalmente con lo dispuesto en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su Reglamento y nuestra Política en Materia de Protección de Datos Personales. A fin de obtener mayor información sobre el tratamiento de sus datos personales o para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición, les consultará nuestro Aviso de Privacidad Integral a través del enlace electrónico disponible.

Agradecemos su confianza en nuestra Empresa y nos ponemos a su entera disposición para cualquier consulta o asesoramiento adicional. NOM-247-SE-2021

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